Los menores de seis años con TEA podrán salir a la calle acompañados, previa autorización

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Los menores de seis años con Trastorno del Espectro del Autismo podrán acogerse a las excepciones que marca el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19) y podrán salir a la calle, previa autorización, acompañados  por una sola persona cuando las circunstancias así lo requieran, y respetando en todo caso las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

Tras la solicitud por parte de Autismo Andalucía de una instrucción que  garantice  la  flexibilidad  de  movimiento  para  la  población  con Trastorno del Espectro del Autismo (TEA), con especiales dificultades, la Consejería de Salud y Familias ha aprobado un procedimiento para obtener la autorización para que los menores con trastornos del desarrollo de especial gravedad que por prescripción médica lo requieran, y en especial las personas con TEA, puedan acogerse a las excepciones que marca el citado Real Decreto, tras obtener la autorización.

Hasta ahora, los beneficiarios son los menores de seis años, aunque desde la Federación se sigue trabajando para que esta autorización también pueda aplicarse al resto de la población con TEA. 

¿Cómo obtener la autorización excepcional?

Este procedimiento va dirigido a menores de seis años, atendidos en los Centros de Atención Infantil Temprana concertados.

Hay que enviar una solicitud de autorización mediante correo electrónico o cualquier otro medio tecnológico a la consultora de Atención Infantil Temprana de la provincia donde resida el niño o niña.

Los Centros de Atención Infantil Temprana también pueden tramitar esta solicitud.

¿A quién hay que dirigirlas?

Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de salud.

Las consultoras de Atención Infantil Temprana verificarán a través del Sistema de Información de Atención Infantil Temprana, el trastorno que presenta el menor.

¿Quién dicta esta autorización excepcional?

La Delegación Territorial de Salud y Familias dictará la correspondiente autorización para que estas personas menores puedan, de forma excepcional, salir acompañadas por una sola persona a la calle cuando las circunstancias así lo requieran, y respetando en todo caso las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

Asimismo, debe indicarse a las familias o personas acompañantes que lleven consigo el certificado de discapacidad y diagnóstico.

CONSULTAR PROCEDIMIENTO COMPLETO AQUÍ

 

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